SUBVENCIÓN – PROGRAMA CIBERSEGURIAD 2022 – CÁMARA DE COMERCIO DE SEVILLA

 

PLAZO:

Del día 8 DE MARZO a las 10:00h HASTA EL 31 DE MARZO a las 14:00h por orden de llegada.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

Hasta el 80% de la inversión (proyectos de hasta 4.000€), con una ayuda máxima de 3200€, tras justificación.

 

OBJETO:

La presente Convocatoria tiene por objeto promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Sevilla en el Programa Ciberseguridad, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo que se detallan en el apartado 6 “Presupuesto y cuantía de las ayudas “de esta Convocatoria. Se divide en los siguientes servicios:

  • Fase I – Diagnóstico Asistido en Ciberseguridad.
  • Fase II – Seguimiento de la Implantación.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Implantación de aplicaciones informáticas específicas.
  • Derechos de uso de soluciones en la nube.
  • Servicio de consultoría para analizar las necesidades de la empresa/ Marketing Digital.
  • Servicios para la puesta en marcha y/o parametrización inicial del hardware y software, así como elaboración y desarrollo de los elementos necesarios propios de la solución.
  • Capacitación para el correo uso de las soluciones implantadas.
  • Hardware específico para la utilización de la empresa beneficiaria de la solución implantada, en aquellos casos en los que se recoja explícitamente. Quedan explícitamente excluidos de los gastos elegibles, los siguientes:

    *Ordenadores, portátiles o de sobremesa.

    *Tablets.

   *Servicios de conectividad.

 

BENEFICIARIOS:

-Pymes o autónomos con domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Sevilla.

-Tienen que estar dados de alta en el censo IAE, quedan excluidos sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas.

-Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

-No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

-No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.

-Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes y autónomos que:

  1. a) Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente Convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma y que no hayan sido beneficiarias de la Fase II).
  2. b) Acrediten haber participado en el último año en un programa similar de Asesoramiento en materia de ciberseguridad en las pymes, de organismos de Promoción de las TIC de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la Convocatoria.

-Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013) (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).

-Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Se acreditará mediante la aportación de la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayudas.
  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).

En el caso de personas jurídicas:

  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa

 

Para más infromación;

Programa Ciberseguridad